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Circular Informativa III; Alojamientos No Esenciales.

CIRCULAR INFORMATIVA III

ALOJAMIENTOS NO ESENCIALES

Los alojamientos no calificados como esenciales podrán prestar de forma excepcional  alojamiento exclusivamente a los siguientes colectivos:

Trabajadores que deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios,  en el ámbito sanitario, viario, alimentario, la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y su normativa de desarrollo, así como de servicios esenciales como las fuerzas y cuerpos de seguridad y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En todo caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.

Otros supuestos excepcionales.

Alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en los apartados b), c), d), e) y g) del artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia.

En cualquier caso, antes de…

Resumen Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones complementarias.

 

 

CIRCULAR INFORMATIVA II

 

 

Resumen Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, por la que se declaran servicios

esenciales a determinados alojamientos turísticos y se adoptan disposiciones

complementarias.

 

 

1.-Declaración de servicio esencial de determinados alojamientos turísticos para la prestación del servicio de alojamiento a trabajadores.

 

Se declaran como servicios esenciales los alojamientos turísticos de la provincia de Teruel que se indican más abajo, que se mantendrán cerrados al público en general pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que deban realizar labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios, en el ámbito sanitario, viario, alimentario, la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y su normativa de desarrollo, así como de servicios esenciales como las fuerzas y cuerpos de seguridad y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. En todo caso, tendrán que observar las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19.

Es hora de conectar. Servicio del área de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón, para orientar a nuestros jóvenes durante el estado de alarma.

Es hora de conectar. Servicio del área de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón, para orientar a nuestros jóvenes durante el estado de alarma.

El servicio de Juventud de la Comarca del Bajo Aragón, ha puesto en marcha un servicio para jóvenes de nuestra Comarca que lo necesiten, con el objetivo de ser orientados, apoyados y acompañados, durante los días que dure el estado de alarma.

 

El servicio se dará de Lunes a Viernes de 9 a 11 horas, de 15 a 17 horas y de 21 a 22 horas.

 

Más información en juventud@bajoaragon.es

La Comarca del Bajo Aragón toma medidas contra el COVID-19

Todos los servicios comarcales se adaptan para evitar la propagación del Coranovirus.

En Alcañiz, a 17 de Marzo de 2020.- La Comarca del Bajo Aragón está trabajando desde este fin de semana en la reorganización de todos los servicios y está tomando medidas para afrontar la lucha contra el coronavirus.

 

En relación al área de Servicios Sociales, la institución comarcal considera estos sevicios son esenciales y prioritarios.

 

Desde el Servicio de Ayuda a domicilio se va a valorar individualmente la suspensión o adaptación del servicio a cada usuario, por ser las personas mayores que lo necesitan, un colectivo de elevado riesgo, y las auxiliares que lo prestan, un vehículo de posible trasmisión.

 

Los usuarios van a tener apoyo personal y a los que lo soliciten, se les va a dar servicio de compra de alimentos, medicamentos, artículos de primera necesidad etc. ..también se va a facilitar a quien lo necesita sevicio de comida a domicilio.

 

La atención al resto de los usuarios de los servicios sociales se realizará de forma telefónica, a través de los siguientes números de teléfono;

978 834386,correspondiente al Servicio Social de Alcañiz,

978 866069, del Servicio Social de Calanda,

978 840661, del Servicio Social de Alcorisa,

Se suspende así todas las atenciones presenciales, siguiendo de esta manera, las directrices marcadas para la lucha contra la propagación del COVID-19.

 

 

En relación al servicio de recogida de…

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